Islas Baleares – El Gobierno prevé un aumento de impuestos en su proyecto para el presupuesto 2016

 

En lugar de crear incentivos para la inversión, se les pide a pagar a personas con grandes patrimonios en 2016. Habrá aumentos en el impuesto sobre la renta, herencias y donaciones, bienes y la adquisición de terrenos. Un proyecto de ley que debería ser considerado, incluso si en la actualidad sólo un proyecto.

En el caso del impuesto sobre donaciones y herencias, está previsto un impuesto progresivo. Esto varía entre 1% y 20%. Hasta el momento, las herencias fueron gravados en relación directa con un máximo de 1%.

En cuanto al impuesto sobre transacciones inmobiliarias, en sentido estricto en cuanto a propiedades de segunda mano entre particulares, el proyecto de ley establece una nueva tasa de impuestos: a partir de 1 millón de euros de valor de transferencia la cuota devengada se calcula en un 11%. Hasta ahora, el tipo impositivo máximo ascendía a un 10% (a partir de 600.000,00 €).

En cuanto al impuesto sobre la renta, que pagan los residentes fiscales en las Islas Baleares, la tasa impositiva máxima se incrementó a un 47,5% (antes 44%). Esto representa un incremento del 3,5% para un ingreso anual de más de € 70,000.00.

El aumento de los impuestos a la propiedad para los residentes fiscales debe hacerse con carácter retroactivo, es decir, a partir de 2015. Está previsto reducir el importe exento 800.000,00 € a 700.000 € y elevar la tasa de impuestos. Así, las tasas de impuestos podrían moverse entre 0,28% y 3,45% (en la actualidad el 0,2% y 2,5%). Tema importante: los no residentes no se ven afectados por este aumento. Estos están relacionados con el Reglamento de Impuestos del Estado, es decir, 0,2 a 2,5 por ciento.

En lo siguiente verá reflejados en tablas los datos más importantes relacionados con esta novedad.

IMPUESTO SOBRE PATRIMONIO

Se reduce el mínimo exento de 800.000 a 700.000 euros.

Se incrementa la tarifa según la siguiente escala:

 

BASE LIQUIDABLE CUOTA INTEGRA RESTO BASE LIQUIDABLE HASTA TIPO  %
0,00 € 0 € 170.472,04 € 0,28
170.472,04 € 477,32 € 170.465,00 € 0,41
340.937,04 € 1.176,23 € 340.932,71 € 0,69
681.869,75 € 3.528,67 € 654.869,76 € 1,24
1.336.739,51 € 11.649,06 € 1.390.739,49 € 1,79
2.727.479,00 € 36.543,30 € 2.727.479 € 2,35
5.454.958,00 € 100.639,06 € 5.454.957,99 € 2,90
10.909.915,99 € 258.832,84 €  En adelante 3,45

 

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES ONEROSAS Y ACTOS JURIDICOS

 

Se establece un nuevo tramo de la tarifa cuando el valor del inmueble supera el valor de 1.000.000 euros, que tributará al 11%. La tarifa quedaría así:

 

VALOR TOTAL DEL INMUEBLE CUOTA INTEGRA RESTO DE VALOR HASTA TIPO  %
0 € 0 € 400.000 € 8
400.000 € 32.000 € 200.000 € 9
600.000 € 50.000 € 400.000 € 10
1.000.000 € 90.000 €  En adelante 11

 

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES

 

Se establece una tarifa especial para las sucesiones de personas comprendidas entre el grupo I y II (hijos, padres, cónyuges):

 

BASE LIQUIDABLE CUOTA INTEGRA RESTO BASE LIQUIDABLE HASTA TIPO  %
0 € 0 € 700.000 € 1
700.000 € 7.000 € 300.000 € 8
1.000.000 € 31.000 € 1.000.000 € 11
2.000.000 € 141.000 € 1.000.000 € 15
3.000.000 € 291.000 €  En adelante 20

 

 

 

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