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]]>El Govern de las Illes Balears inicia la tramitación del Anteproyecto de ley para modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de turismo de las Illes Balears, relativa a la comercialización de estancias turísticas.
Con fecha 9 de diciembre de 2016 el Govern ha procedido a la publicación de un texto o borrador en el marco de las tareas de estudio previo al inicio de la tramitación del Anteproyecto para la modificación de la ley Turística de las Islas Baleares.
En todo caso debe tenerse presente que nos encontramos antes un texto preparatorio que, en su evolución posterior hasta convertirse en Ley, podrá sufrir numerosas modificaciones, pero que sin embargo sirve de base para conocer cuáles serán las principales líneas de actuación del Govern en la modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, de turismo de las Illes Balears.
Los objetivos principales que la nueva regulación persigue son fundamentalmente tres:
1) ESTABLECER UN TECHO REAL DE PLAZAS TURÍSTICAS EN GENERAL, para tratar de evitar la saturación turística.
2) MEJORAR LA NORMATIVA ACTUAL Y REGULAR EL ALQUILER TURÍSTICO EN EDIFICIOS PLURIFAMILIARES, tratando así de poner orden en el alquiler turístico.
3) GRARANTIZAR EL ACCESO A LA VIVIENDA, tratando de solucionar el problema de la reducción de la oferta de pisos de alquiler para residentes, así como el encarecimiento de los alquileres.
Teniendo estos objetivos en cuenta, a continuación, procederemos a exponer sucintamente cuales son las principales novedades que el referido texto contiene y que, en caso de ser acogidas en la ley que en definitiva se apruebe, supondrían un cambio importante en el modelo turístico hasta el momento existente en las Islas Baleares, fundamentalmente en relación con la comercialización de estancias turísticas en viviendas.
Tales novedades son las siguientes:
1) Se pretende hacer efectivo el principio de “intercambio de plazas” con la finalidad de establecer un techo real de plazas turísticas. A tal efecto se suprimen las excepciones al intercambio de plazas hasta ahora existentes, con excepción de Menorca, donde habrá un periodo transitorio durante el cual el Consell Insular establecerá su propio techo de plazas y su propia bolsa de plazas turísticas. Por tanto, todo aquel que quiera abrir un establecimiento turístico o comercializar estancias turísticas en una vivienda, tendrá que adquirir plazas acudiendo a la bolsa insular correspondiente, siempre que haya plazas disponibles. Las plazas podrán también adquirirse de alojamientos turísticos o viviendas que se den de baja, siempre que estos hayan comprado las plazas previamente.
2) Los planes de intervención en ámbitos turísticos (PIAT) y, en su caso, los planes territoriales insulares (PTI) tendrán una importancia fundamental pues podrán establecer la densidad global máxima de población, delimitar zonas y ámbitos turísticos y de protección, y fijar los requisitos necesarios, así como las excepciones que procedan. Los PIAT y, en su caso, los PTI, determinarán el límite máximo para isla de plazas turísticas en alojamientos turísticos y el límite máximo de plazas en viviendas residenciales susceptibles de ser comercializadas turísticamente
3) Los hoteles de ciudad, los establecimientos de turismo de interior, y las hospederías, así como los albergues y los refugios turísticos conforme a lo que se determine reglamentariamente, estarán exonerados de la “ratio turística”.
4) Se permitirá la comercialización de estancias turísticas en viviendas situadas en edificios plurifamiliares.
5) Se introducen nuevos requisitos mínimos, tanto de carácter legal, como urbanísticos, de sostenibilidad, de eficiencia energética y de calidad turística, que deberán cumplir las viviendas.
6) No podrán comercializarse turísticamente viviendas que no hayan presentado DRIAT o que pese a haberlo presentado no cumplan los requisitos establecidos.
7) Las páginas y plataformas web de comercialización de estancias turísticas solo podrán anunciar viviendas legalmente registradas. Las webs que incumplan esta exigencia podrán ser sancionadas.
8) La presentación de la DRIAT que se refiera a estancias turísticas en viviendas residenciales sometidas al régimen de propiedad horizontal habilitará para el ejercicio de la actividad por un plazo de 5 años desde la citada presentación en el Administración turística. Pasado este plazo, se podrá continuar con la comercialización turística sólo si se siguen cumpliendo todos los requisitos determinados legal o reglamentariamente, por períodos prorrogables de 5 años, en los términos que se establezcan.
9) Será obligatorio contar con cédula de habitabilidad en vigor o título habilitante análogo. No podrán comercializarse más plazas que las permitidas por la cédula o título análogo.
10) Solo podrán presentarse nuevas DRIATS, cuando estas declaraciones se refieran a viviendas de uso residencial ubicadas en zonas declaradas aptas de manera expresa por los Consells Insulars o por el Ayuntamiento de Palma. A estos efectos deberá acompañarse a la DRIAT certificado municipal acreditativo.
11) Los Consells Insulars, previo informe de los ayuntamientos, delimitarán las zonas aptas para la comercialización de estancias turísticas en viviendas de uso residencial. Solo se permitirán nuevas comercializaciones en estas zonas, ya se trate de viviendas unifamiliares o de plurifamiliares.
12) No se podrán comercializar estancias turísticas en viviendas que tengan abierto un expediente de infracción urbanística o se encuentren fuera de ordenación.
13) Se requerirá que las viviendas tengan contador de agua propio siempre que reciban el agua de una red pública de abastecimiento.
14) Será obligatoria la previa obtención de certificado de eficiencia energética.
15) Solo se permitirá la comercialización de estancias turísticas en viviendas plurifamiliares sometidas a régimen de propiedad horizontal, cuando no lo prohíban los estatutos o el título constitutivo o, en su caso, cuando exista autorización expresa de la comunidad.
16) No podrán comercializarse viviendas residenciales sometidas a régimen de protección oficial.
17) El comercializador de estancias turísticas deberá remitir a la Policía la información relativa a la estancia de las personas que se alojen.
18) Se introduce la obligación expresa de respetar y cumplir las normas básicas de convivencia, así como de orden público y, en su caso, de régimen interior de la comunidad de propietarios, así como la obligación de informar expresamente de dichas normas a los clientes o usuarios.
19) No se permitirá la formalización de contratos por habitaciones.
20) Solo se permitirá la comercialización de estancias turísticas en construcciones o edificaciones que tengan una antigüedad mínima de 10 años.
21) Se prohibirán nuevas comercializaciones de estancias turísticas en viviendas ubicadas en suelo rústico protegido, salvo que otra cosa se establezca en los PIAT o en los PTI.
22) Deberá existir al menos un cuarto de baño por cada cuatro plazas.
23) Los propietarios de establecimientos turísticos o los comercializadores, con el consentimiento expreso del propietario, deberán comunicar, en los términos establecidos en la Ley, la baja temporal o definitiva de su actividad, que deberá inscribirse en el correspondiente registro, todo ello en los términos, con las excepciones y efectos que legal o reglamentariamente se determinen.
24) En las viviendas plurifamiliares las plazas turísticas se adquirirán por periodos de 5 años renovables.
25) Se tipifican nuevas infracciones y se modifica la redacción de otras ya existentes.
26) Se incrementará ostensiblemente el importe de las sanciones previstas para la oferta ilegal, contemplándose la imposición de multas de entre 20.001 y 40.000 euros cuando la infracción se refiera al no cumplimiento de los requisitos normativos exigibles para el ejercicio de la actividad respecto de la comercialización de estancias turísticas en viviendas de uso residencial, y regulándose asimismo la sanción accesoria de suspensión temporal de la actividad.
SI NECESITA MÁS INFORMACIÓN NO DUDE EN CONTACTARNOS
ILLESLEX, S.L. – CIF: B-57157620; Calle Olmos 50 Esc. A – 1º, 07003, Palma.
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La princesa busca marido
De Jorge Bucay
Había una vez una princesa, que quería encontrar un esposo digno de ella, que la amase verdaderamente. Para lo cual puso una condición: elegiría marido entre todos los que fueran capaces de estar 365 días al lado del muro del palacio donde ella vivía, sin separarse ni un solo día. Se presentaron centenares, miles de pretendientes a la corona real. Pero claro al primer frío la mitad se fue, cuando empezaron los calores se fue la mitad de la otra mitad, cuando empezaron a gastarse los cojines y se terminó la comida, la mitad de la mitad de la mitad, también se fue. Habían empezado el primero de enero, cuando entró diciembre, empezaron de nuevo los fríos, y solamente quedó un joven.Todos los demás se habían ido, cansados, aburridos, pensando que ningún amor valía la pena. Solamente éste joven que había adorado a la princesa desde siempre, estaba allí, anclado en esa pared y ese muro, esperando pacientemente que pasaran los 365 días. La princesa que había despreciado a todos, cuando vio que este muchacho se quedaba empezó a mirarlo, pensando, que quizás ese hombre la quisiera de verdad. Lo había espiado en Octubre, había pasado frente a él en Noviembre, y en Diciembre, disfrazada de campesina le había dejado un poco de agua y un poco de comida, le había visto los ojos y se había dado cuenta de su mirada sincera. Entonces le había dicho al rey:
– Padre creo que finalmente vas a tener un casamiento, y que por fin vas a tener nietos, este es el hombre que de verdad me quiere.
El rey se había puesto contento y comenzó a prepararlo todo. La ceremonia, el banquete e incluso, le hizo saber al joven, a través de la guardia, que el primero de Enero, cuando se cumplieran los 365 días, lo esperaba en el palacio porque quería hablar con él. Todo estaba preparado, el pueblo estaba contento, todo el mundo esperaba ansiosamente el primero de Enero. El 31 de Diciembre, el día después de haber pasado las 364 noches y los 365 días allí, el joven se levantó del muro y se marchó. Fue hasta su casa y fue a ver a su madre, y ésta le dijo:
– Hijo querías tanto a la princesa, estuviste allí 364 noches, 365 días y el último día te fuiste. ¿Qué pasó?, ¿No pudiste aguantar un día más?
Y el hijo contestó:
– ¿Sabes madre? Me enteré que me había visto, me enteré que me había elegido, me enteré que le había dicho a su padre que se iba a casar conmigo y, a pesar de eso, no fue capaz de evitarme una sola noche de dolor, pudiendo hacerlo, no me evitó una sola noche de sufrimiento. Alguien que no es capaz de evitarte una noche de sufrimiento no merece de mi Amor, ¿verdad madre?
Cuento de Jorge Bucay
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]]>La entrada INMINENTE PUBLICACIÓN DE UN BORRADOR QUE MODIFICARÁ LA LEY TURISTICA QUE REGULA EL ALQUILER VACACIONAL aparece primero en First Mallorca's Blog.
]]>Precisamente la semana pasada el Sr. Barceló informó de la inminente salida de un borrador de normativa que se sometería a todas las partes implicadas y que tras su tramitación parlamentaria podría entrar en vigor el próximo 1 de enero de 2017.
Ésta futura norma no definirá las zonas o núcleos dónde se podrá alquilar a turistas, pero mientras se redacta y aprueba el Plan de Intervención en los Ámbitos Turísticos (PIAT), tarea encomendada a los Consell y Ayuntamientos, se pondrán las bases para regular el alquiler turístico, enumerando un decálogo de los requisitos exigidos para que una vivienda residencial se destine al alquiler vacacional, estableciendo unas medidas mínimas y los servicios que se deberán ofrecer al cliente. En todo caso, si los estatutos de la Comunidad en cuestión prohibieran el alquiler vacacional no sería posible ejercer dicha actividad al primar siempre la voluntad de la Comunidad. En la práctica se descartará un amplio número de viviendas que no reúnan las condiciones legales.
Así pues esperamos en los próximos días la publicación de una norma transitoria que redefinirá las bases del alquiler turístico en Baleares. Tan pronto como se produzca la publicación procederemos a informar sobre su contenido.
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]]>Rodeado de bosques y montañas, en medio de un paisaje suave y mediterráneo, está situado el hotel de 38 habitaciones “Castell Son Claret”. Anteriormente la casa de campo cerca de Es Capdellà, en el suroeste de Mallorca, era una “possessió”. La propiedad ha sido adquirida en el año 2010 por Klaus Michael Kühne, un multimillonario alemán, residente en Suiza. Lo compró junto con un socio al cual después le ha pagado. Se ha llevado a cabo una restauración completa y muy sensible, incorporando materiales y elementos de arquitectura de la zona, incluyendo el diseño de terrazas moriscas y un jardín idílico. El hotel es una joya única en la isla. Una experiencia perfecta y fascinante, una arquitectura delicada le traslada a un mundo diferente y todo incluyendo la comida fantástica. Para lograr este milagro, el dueño ha contratado la estrella Michelin del “Zaranda” en el Hotel Hilton, Fernando Pérez Arellano, convenciéndole de mover toda su operación, incluyendo el nombre al “Castell Son Claret”. Disfruté de una deliciosa comida en la hermosa terraza morisca. La idea de saber que el zumo de naranja y algunos de los ingredientes provienen de su propio
huerto y de su finca, me llenó de tanta confianza que me fui de este lugar paradisíaco con un peso en el corazón. El hotel dispone de una fantástica piscina panorámica y cuenta con habitaciones de lujo, suites y villas con piscina privada.
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]]>La entrada ¿Echando de menos la cocina Malaya? aparece primero en First Mallorca's Blog.
]]>Entonces, haz un viaje al pueblo de Sóller cerca de la costa noroeste de Mallorca y frente al Museo de Arte Moderno – Can Prunera, en la Calle Lluna, aquí su viaje se verá recompensado.
Llamado Kopitiam, este restaurante aparece en la revista Marie Claire, listada como cocina Malaya, entre los cinco mejores fuera de la Península Malaya. La joven detrás de esta aventura de restaurante es Vi Vian una joven China Malaya que creció en Kuala Lumpur, estudió contabilidad en Londres antes de que el amor y el matrimonio le trajera a Mallorca. El restaurante también es su hogar y su estilo podría estar perfectamente en Malasia. Vi Vian es el Chef y prepara todos sus platos, no hay nada preparado ni enlatado. Además de su deliciosa cocina se especializa en una variedad de encurtidos, incluyendo mango, rábano, puerro, pepino y mucho más. El helado también está en su lista de especialidades caseras, incluyendo sésamo negro, jengibre fresco, lichi y chile de chocolate. Sin duda, se recomienda reservar mesa con antelación ya que el restaurante prefiere mantener un servicio típico del Extremo Oriente y eso significa que nunca se podrá encontrar más de 15 a 20 comensales.
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]]>La entrada Más por Palma – la temperatura del agua es perfecta – así que nada en la orilla aparece primero en First Mallorca's Blog.
]]>20.000 pasajeros embarcaron en el puerto de Palma de Mallorca el sabado 17 de Agosto. Este fue el primer día del año en que el puerto estuvo completo y los pasajeros estaban abordo de 5 cruceros y 5 ferries regulares desde la península. Comparado con 2012 el número de cruceros visitando Palma durante los primeros 6 meses de 2013 casi se ha duplicado.
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]]>20.000 pasajeros embarcaron en el puerto de Palma de Mallorca el sabado 17 de Agosto. Este fue el primer día del año en que el puerto estuvo completo y los pasajeros estaban abordo de 5 cruceros y 5 ferries regulares desde la península. Comparado con 2012 el número de cruceros visitando Palma durante los primeros 6 meses de 2013 casi se ha duplicado.
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]]>La entrada INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS (IEE) aparece primero en First Mallorca's Blog.
]]>Se publicó en el BOIB y se aprobó por el Ayuntamiento de Palma. Únicamente es aplicable lo que se recoge en la presente nota informativa a dicho municipio. Únicamente aquellos con más de 25.000 habitantes (aproximadamente) están obligados a regularlo y a exigirlo. A título de ejemplo, en Inca, Manacor o Llucmajor.
Se trata con ello de fomentar la conservación de los edificios.
El informe IEE se realiza por un técnico competente (arquitecto técnico, arquitecto, ingeniero…).
Es obligación/deber del propietario que se realice este certificado.
Debe constatarse/acreditarse:
1. El estado de conservación y seguridad del inmueble (tiene lugar una inspección visual).
2. Condiciones de accesibilidad (no discriminación para las personas con discapacidad). 2016
3. Funcionalidad.
4. Eficiencia energética.
5. Uso del edificio según la normativa vigente.
Incluso el Tribunal Supremo se ha pronunciado al respecto: deber básico del propietario, primario y sustancial. Es en concreto una obligación de demostrar el cumplimiento, se trata de un deber de resultado.
Tiene una vigencia el certificado de 10 años. Debe ir renovándose sucesivamente cuando expire.
Cuando se detectan lesiones a reparar, deben hacerse por los propietarios sin necesidad de que la Administración les requiera expresamente.
El informe IEE se presenta por el titular de la propiedad (sea Persona Física o Persona Jurídica) o representante de la comunidad de propietarios en el ayuntamiento.
La ordenanza regula los tramos de presentación del informe según el año de construcción de la vivienda. La clave es que es para los edificios de más de 50 años (con independencia de su uso), es decir, los de antes de 1966 teniendo en cuenta el año en que nos encontramos. Si hablamos de un edificio con diferentes unidades constructivas que cuentan con diferentes años de construcción, prevalece la antigüedad de la construcción principal. 2016 Para determinar la edad de la edificación se ha de atender a la información catastral (aunque se puede acreditar también con otros documentos como licencia de ocupación, certificado final de obras…). Se puede pedir suspensión del plazo para presentar el informe si se hacen obras o hay previsión de iniciarlas (aportando la documentación que lo demuestre).
Ahora se exige más a los edificios de uso residencial colectivo, ya que además del estado de conservación del mismo, se debe presentar el certificado de eficiencia energética y la accesibilidad.
En el caso de unifamiliares sólo se pide el estado de conservación.
Excepciones a tener en cuenta:
– Los edificios/construcciones sometidos a normativa sectorial específica (ejemplo: estaciones transformadoras).
– Plazas de aparcamiento consideradas individuales.
– Edificaciones de escasa entidad
También a tener en cuenta que el propietario debe tener un seguro que cubra la responsabilidad civil.
En caso de no presentarlo en plazo, se podrá iniciar un procedimiento sancionador contra los titulares, ya que desde la nueva ley del suelo, la no presentación de la IEE, se considera una infracción urbanística leve. 2016 Si no se llevan a cabo las obras derivadas del informe se inicia un procedimiento de ejecución forzosa mediante la apertura de un expediente de multa coercitiva.
Importante:
– La sanción por el incumplimiento de la obligación de presentar el informe es de 600 Euros a 1.500 Euros. Si se repara voluntariamente (presentando informe tras el inicio del procedimiento sancionador pero antes de que se imponga la penalización) la sanción es de 150 Euros.
– Si hay informe desfavorable y no se acredita después el informe de que se han llevado a cabo las obras necesarias (conclusión favorable), el Ayuntamiento concede 3 meses como última opción. Si transcurren esos 3 meses y el incumplimiento persiste, se pueden llegar a imponer hasta 3 multas coercitivas por importe de 1.000, 2.000 y 3.000 Euros sucesivamente, otorgando en cada caso un nuevo plazo de 3 meses para realizar dichas obras.
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PALMA DE MALLORCA POLLENÇA SANTANYÍ PORT D´ANDRATX SÓLLER
www.illeslex.com
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]]>La entrada Organizado por First Mallorca, Leading Real Estate aparece primero en First Mallorca's Blog.
]]>El acto tuvo lugar en la Finca Biniorella y estuvo dirigido por Heidi Stadler, CEO y Co-fundadora de First Mallorca. http://www.firstmallorca.com
Florencio Cruz , conocido saxofonista suizo-argentino quien ha compartido escenario con Seal, Ne-Yo, Diana Ross, Roger Sánchez, Carl Cox entre otros, puso la nota musical en este acontecimiento junto con el Dj y productor musical mallorquín Sebas Ramis.
Además, Heidi Stadler, muy amante de la música y las artes, ha querido apoyar y patrocinar el talento de tres niños quienes desde muy temprana edad sienten pasión por la música y sus instrumentos y es por ello que deseaba que todos sus invitados pudieran disfrutar de su talento ofreciendo como parte de los entretenimientos de la noche, un concierto donde Sofía Atkinson de 13 años, piano y voz , Roberto Gil de 13 años, Chelo y Marina Costa 12 años, Chelo, transportaron al público con sus melodías a otra dimensión.
Fué una fiesta musical y con degustación gastronómica que resulto en una experiencia inolvidable.
Para la organización de este evento se contó con la estimada colaboración de Pedro Cañellas, propietario de la Finca Biniorella, la empresa organizadora de eventos de Cristina Gómez, Mallorca Emotions, Catering Grupo Amida, Decoración de En esencia y todo el equipo de First Mallorca.
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